ABBANTIA LAW FIRM: Cómo reclamar el dinero pagado de más por la compra de su vehículo

Entre los años 2006 y 2013, los concesionarios y fabricantes de vehículos han intercambiado información sensible sobre sus estrategias comerciales con la finalidad de pactar los precios de los vehículos con el consecuente perjuicio para los consumidores que no se han podido beneficiar de descuentos en la compra de coches o de precios más ventajosos por estar afectada la libre competencia, lo que implica que los consumidores puedan reclamar una indemnización.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), mediante Resolución de 23 de julio de 2015, ha sancionado a diversas empresas automovilísticas por llevar a cabo una práctica restrictiva de la competencia prohibida en el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consistente en el intercambio de información comercial entre empresas fabricantes y distribuidoras de vehículos de motor en España, con efecto en la fijación de los precios de venta de los automóviles.

Los consumidores que podrán reclamar una indemnización serán los que hayan comprado un vehículo entre los años 2006 a 2013 en alguno de los concesionarios de algunas marcas, según se recoge en la Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia: https://www.cnmc.es/sites/default/files/685749_68.pdf

La sanción de la CNMC fue confirmada por la Audiencia Nacional y posteriormente ésta ha sido confirmada por el Tribunal Supremo.

Estimamos que la cantidad media que se podrá reclamar será aproximadamente de un 10% del valor de compra abonado por el vehículo, sin tener en cuenta los intereses legales.  

Para ello será necesario que el reclamante disponga de la factura de compra y el contrato de compraventa (o documento acreditativo de la adquisición) y la ficha técnica del vehículo.

Almudena Carracedo

Abogado/Lawyer Socio/Partner

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