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Se ha publicado en el BOE la esperada nueva Ley de Contratos del Sector público, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Supone una reforma legislativa de gran importancia por razón de la materia y, con esta normativa, la Unión Europea ha dado por concluido un proceso de re-visión y modernización de las vigentes normas sobre contratación pública, que permitan incrementar la eficiencia del gasto público y facilitar la participación de las pequeñas y media¬nas empresas (pymes) en la contratación pública, así como luchar contra la corrupción y permitir que los pode¬res públicos empleen la contratación en apoyo de objetivos sociales comunes.

Entre otras novedades, la nueva ley elimina la posibilidad de contratación sin publicidad, establece la obligación de la factura electrónica, recoge la figura del funcionario responsable del contrato y la posibilidad de pago directo de la Administración a los subcontratistas.

La ley entrará en vigor el próximo 9 de marzo y busca mayor transparencia en la contratación pública y mejor relación calidad-precio para los contratos del sector público, además de simplificar los trámites y de una menor burocracia para los licitadores, estableciéndose medidas más severas en caso de que los licitadores no cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral.

La ley establece una nueva adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada, recoge la obligatoriedad de fraccionar en lotes los grandes contratos, flexibiliza los requisitos de solvencia a las características y circunstancias de las empresas y no se exigirá a las sociedades con menos de cinco años la acreditación de trabajos previos, como sucedía hasta ahora.

Además, se incluyen mejoras en favor de centros especiales de empleo de iniciativa social y de empresas de inserción, al incluir una reserva de contratos para empresas de inclusión de personas con discapacidad que puede llegar hasta un 10% del total de volumen de contratación.

Mónica Cauzo Bottala
Abogado. Oficina de Sevilla
Abbantia Law Firm Abogados y Asesores Tributarios
www.abbantia.com

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