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PRESENTE Y FUTURO DEL MERCADO LABORAL ESPAÑOL

El pasado 14 de septiembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tuvo ocasión de pronunciarse acerca de la dualidad del mercado laboral español. Este Tribunal valoró, a raíz de una cuestión prejudicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, las diferentes indemnizaciones que prevé el Estatuto de los Trabajadores en función del tipo de contrato del trabajador, esto es, indefinido o de carácter temporal cuando éste se extinguía por causas objetivas.
Según el Estatuto de los Trabajadores la finalización de un contrato temporal por causas objetivas conlleva una indemnización de 12 días por año trabajado mientras que la extinción de un contrato indefinido por las mismas causas conlleva una indemnización de 20 días. Este hecho diferencial, considera el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, contraviene el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de duración determinada en el sentido que establece una prohibición de discriminación para los trabajadores. En efecto, según el artículo 4 de dicho Acuerdo:

no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada

Es por ello que le reconoce a la trabajadora del litigio existente en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y por el que se pronuncia el TJUE una indemnización de 20 días por año trabajado como si el contrato que hubiera firmado fuera de carácter indefinido.
Así, acaba indicando el Tribunal Europeo que la normativa española contraviene dicho Acuerdo Marco por lo que es previsible que se producirá una reforma legislativa en el Estatuto de los Trabajadores en ese sentido.
Por otro lado, la cuestión relativa a los diferentes tipos de contrato por parte de las empresas ha sido muy discutida en las recientes campañas electorales, por lo que desde esta perspectiva también podemos avecinar cambios legislativos.
En base a todo lo anterior, tanto por la Sentencia como por la discusión política actual, es de esperar que el rumbo que tomará la normativa española será similar a la existente en la Unión Europea. Cabe recordar que el Comisario Europeo de Empleo, László Ándor, ya reclamó en 2013 que se modificase el sistema laboral español, inspirándose el modelo de Dinamarca, donde únicamente existe un tipo de contrato para todos los trabajadores, por lo que se eliminaría la dualidad clásica existente en el mercado español. Lo que está por ver y es difícil de prever es el alcance de la eventual reforma, es decir, el número de días en se establecerán las indemnizaciones por despido.

Iván Garrido García
Abogado. Oficina de Barcelona
Abbantia Law Firm
www.abbantia.com

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