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El Tribunal Europeo de Derechos humanos (TEDH), también conocido por Tribunal de Estrasburgo, por estar su sede situada en dicha ciudad, está de plena actualidad informativa por el caso Inés del Río. Dicha sentencia, ha sacado a la luz la importancia de dicho tribunal a la hora de defender los derechos y libertades de los ciudadanos. Pero el TEDH no es sólo un tribunal competente para conocer de las demandas planteadas por personas físicas, sino que también es un órgano jurisdiccional europeo al que pueden acudir las personas jurídicas, incluidas las empresas, en múltiples supuestos.

La Convención Europea de Derechos Humanos firmó con el propósito de garantizar los derechos de la persona humana. No obstante, este recurso individual es accesible a las personas jurídicas, que pueden gozar de la protección amparándose en la expresión "organización no gubernamental". De tal manera que toda persona jurídica puede acudir al TEDH y pedir el reconocimiento de los derechos establecidos en la Convención.

Cada año numerosas empresas acuden ante el TEDH para obtener el reconocimiento de la violación de sus derechos, y obtener la reparación del perjuicio sufrido.
La posibilidad para las sociedades mercantiles de presentarse en el TEDH ha sido establecida desde hace tiempo por la jurisprudencia del TEDH. Las sentencias del TEDH han extendido a las personas jurídicas lo que se creía reservado a las personas físicas.

En el caso Comingersoll SA c. Portugal, la empresa demandante tenía ocho letras de cambio y llevaba más de diecisiete años sin poder cobrar, acudió ante el TEDH alegando la violación del art. 6 del Convenio (derecho a un proceso equitativo). El TEDH constató la vulneración de este artículo pero además reconoció el perjuicio moral de la persona jurídica. Las empresas pueden defender sus derechos fundamentales, gracias a la interpretación del Convenio por parte del TEDH, por la que dichos derechos se protegen para garantizar a su vez los derechos que las personas físicas que dirigen dicha empresa tienen como tales.

El activismo del Tribunal en pro del reconocimiento de la persona jurídica, se hace patente en los temas que ahora acepta estudiar. Así, asuntos relacionados con el derecho fiscal, que no eran tratados por el TED en la actualidad empiezan a ser acogidos, por ejemplo ha sido sancionada por el Tribunal la utilización de un procedimiento tributario para fines distintos al pago del impuesto.

La evolución del TEDH se hace patente también en temas de derecho social (relación entre la empresa y el trabajador), materia muy importante para las empresas. El Convenio Europeo de Derechos Humanos y libertades fundamentales no protege el derecho social, ya que existe otro instrumento, la Carta Social Europea firmada en 1961 en Turín. Paulatinamente, el TEDH ha aceptado tratar de este tema mediante una interpretación amplia del art. 11 del Convenio, relativo al derecho a la libertad sindical.

Susana Rodríguez
Abogada
IURA International Law Firm
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