Concurso de acreedores: Utilidad y falsos mitos

Tras las graves noticias sobre la caída gigantesca de nuestra economía, hasta ahora el Gobierno ha extendido (hasta el 14/3/2021) la suspensión del deber de solicitar el concurso de acreedores como medida principal para no paralizar la economía judicializándola. Pero esa suspensión de dicha obligación que incumbe al administrador de una empresa no debe llevar a pensar que el concurso no haya que presentarlo y que cuando toque podremos prepararlo del modo idóneo e inmediato.

Los concursos hay que prepararlos. Muchos de los que se acogen a esta suspensión ya saben que su empresa no superará la insolvencia y aquellos que quieren salvar su negocio, deben buscar el asesoramiento adecuado para continuar con su actividad, para no perder el esfuerzo de muchos años.

Muchos harán uso de estas prórrogas y la mayoría de los concursos acabará en una liquidación insuficiente para que nuestro país recupere su tejido productivo.

Pese a la moratoria, en este 2021 se va a producir una auténtica eclosión de concursos y el de muchas empresas no se habrá preparado correctamente, poniendo en grave situación de riesgo a muchos empresarios y emprendedores, que lo único que hacían era ponerse al frente de su negocio y, que si no lo remedian, podrían perderlo todo en un concurso mal preparado.
Hay que fijar una estrategia legal para defender al empresario y a su patrimonio.

Sabido es que compete al administrador solicitar el concurso desde que conozca, o pueda y deba conocer, la situación de la empresa y que ello lo debe hacer en el plazo de dos meses.

El concurso debe usarse como una herramienta al servicio del empresario para que adecuadamente enfocado ayude a salvar al empresario y a su empresa evitando que el administrador acabe asumiendo la responsabilidad personal por las deudas de su compañía.
No usar el concurso pudiendo hacerlo supone asumir un riesgo evitable.

Carlos Montesa Kaijser
Abogado/Socio
Administrador Concursal

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